Normas de centro

 

NORMATIVA DEL CENTRO SOBRE LA CONDUCTA DEL ALUMNADO (R.O.F.)

ART 18.  Normas de Convivencia

  1. El alumnado deberá ser respetuoso con el derecho que tienen los alumnos y alumnas a poder estudiar.
  2. Los alumnos/as deben de respetar la integridad física de sus compañeros/as y no utilizar objetos y partes del cuerpo que puedan producir lesiones de cualquier tipo a sus compañeros o compañeras.
  3. Los alumnos/as deben respetar la dignidad de los demás, no deben insultar ni menospreciar a cualquier otro alumno o alumna que presente algún tipo carencia (física, social, sexo etc.)
  4. Todos los alumnos/as deben respetar las creencias, la cultura y la forma de vida de los demás compañeros/as.
  5. El alumnado debe respetar a los/as del otro sexo, especialmente a las alumnas. Se tendrá también especial comportamiento de respeto con aquellos/as que presenten tendencias homosexuales.
  6. El alumnado presentará comportamientos positivos con los compañeros/as de otro país, de otra cultura o etnia y de otro sexo.
  7. El alumnado ayudará a los compañeros que se lo soliciten dentro de las indicaciones del profesorado.
  8. El alumnado será solidario con todos aquellos compañeros/as que manifiesten algún problema, teniendo en cuenta las limitaciones de su edad y la conveniencia en cada caso.
  9. Los alumnos/as será cuidadoso en el uso de los materiales del Centro.
  10. El alumnado seguirá las indicaciones del profesorado para mejorar la convivencia y los rendimientos académicos.
  11. Los alumnos/as deben acudir a los alumnos/as mediadores que hayan sido elegido para tal medio.
  12. El alumnado no podrá traer al Centro teléfonos móviles en cualquiera de sus modalidades, excepto en los casos, que por motivos justificado, se lo autorice la dirección del centro tras ser solicitado por la familia.
  13. El alumnado de tercer ciclo de Educación Primaria no podrán utilizar su ultraportatil, en ningún momento, para acceder a las redes sociales durante su permanencia en el centro.
  14. El alumnado deberá ser especialmente cuidadoso con su ultraportátil y con los de sus compañeros/as, siendo motivo de expediente informativo cualquier accidente que ocurra con este tipo de material, para que se resuelto por la Comisión de Convivencia del Centro.
  15. El/la alumno/a deberá venir vestido con el uniforme y el chándal deportivo, que ha sido aprobado como norma general del centro en el Consejo Escolar. El uniforme escolar constará con: chaleco azul de pico, camisa blanca o polo del mismo color y pantalón o falda de color gris. Y el chándal deportivo constará con: chándal de color azul, con rayas blancas a lo largo de los pantalones o mangas de las sudaderas, camiseta blanca de deportes. Llevarán el escudo de la Junta de Andalucía, El calzado será el adecuado (nunca chanclas, botas de fútbol etc) 
  16. Al ser el uniforme como el chándal una norma aprobada en el Consejo Escolar se establecerán medidas que hagan cumplir esta norma y si fuera necesario, establecer sanciones si los alumnos/as son reiterativos en no traer el uniforme.

 

ART 20. Conductas contrarias a las normas de convivencia.

  1. a) Todos aquellos actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase e impidan el derecho al estudio del resto del alumnado.
  2. b) La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo.
  3. c) La falta de colaboración sistemática del alumnado en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje.
  4. d) Cualquier conducta que puedan impedir o dificultar el derecho a estudiar que tienen los alumnos y alumnas e impiden ejercer su deber de hacerlo.
  5. e) Las faltas injustificadas de asistencia a clase.
  6. f) Las faltas reiterativas de puntualidad.
  7. g) La falta de acciones correctas y falta de consideración hacia los miembros de la comunidad educativa, especialmente con el profesorado.
  8. h) Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro.
  9. i) Causar pequeños daños en las pertenencias individuales de los demás miembros de la comunidad educativa (teniendo en cuenta sólo pertenencias que puedan ser admitidas en un centro escolar).

 

ART 23 .Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia y  su corrección.

  1. a) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
  2. b) Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
  3. c) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.
  4. d) Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial o xenófoga o se realizan contra alumnos o alumnas con N.E.E
  5. e) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
  6. f) El deterioro grave de las instalaciones y recursos materiales del Centro, o bien de los demás miembros, así como la sustracción de las mismas.
  7. g) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.
  8. h) El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la Comisión de Convivencia lo considere justificado.

 

 

 

DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO.(R.O.F.)

 

ART 5. Los alumnos y alumnas tienen los siguientes derechos.

  1. Recibir la formación necesaria para que puedan desarrollar al máximo sus condiciones personales y puedan cumplir los objetivos marcados para su educación.
  2. Ser respetados en su libertad de conciencia, así como sus convicciones morales y religiosas.
  3. Ser valorado su rendimiento escolar de acuerdo con criterios públicos y objetivos.
  4. Ser respetado en su integridad física, en su dignidad personal y en su intimidad personal en el tratamiento de sus datos.
  5. Elegir a delegado/a y subdelegado/a de su curso.
  6. A participar en la vida del Centro y estar representados por sus delegados/as.
  7. A ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia.
  8. Al uso de los medios de nueva tecnología puesto a su disposición en el Centro.
  9. A recibir la ayuda necesaria para tener, efectivamente, una igualdad de oportunidades mediante el desarrollo de los refuerzos educativos, llevados a cabo tanto por los profesores especialistas, profesor de psicología terapeútica (PT) y profesores/as generalistas
  10. El alumnado del tercer ciclo de Educación Primaria tiene el derecho a poseer y utilizar el ultraportátil que le ofrece la C.E.J.A, tanto en su casa como en el Centro con los límites que se especifiquen en las normas de uso.

 

 

ART 9. Deberes de los alumnos.

  1. Realizar las actividades formativas indicadas por el profesorado para el desarrollo del currículo.
  2. Estudiar y realizar las tareas, que de acuerdo a su edad, le indiquen el profesorado para desarrollar en su domicilio.
  3. Asistir a clase con puntualidad y cumplir el horario y calendario escolar.
  4. Cumplir las normas de convivencia para la creación de un buen clima escolar y el desarrollo del derecho a la educación de todo el alumnado.
  5. Conservar el material didáctico, el mobiliario y las instalaciones del Centro, haciendo un uso adecuado de ellas.
  6. Respetar los derechos del profesorado y del alumnado.
  7. El alumnado del tercer ciclo tiene el deber de utilizar los medios tecnológicos que pone a su disposición el Centro para su proceso de aprendizaje.
  8. Conocer la existencia de la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Andalucía.